jueves, 17 de julio de 2014

Cohecho y moches


El Código Penal para el Estado de Querétaro en su título relacionado a los delitos contra el servicio público cometidos por particulares, establece en el artículo 273 que “Al particular que promueva una conducta ilícita de un servidor público o se preste para que él mismo o por interpósita persona promueva o gestione la tramitación o resolución ilícita de negocios públicos ajenos a las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión, se le impondrá prisión de 3 meses a 4 años y de 10 a 100 días multa”. Asimismo, en el artículo 274 se implanta que “Al particular que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva u otorgue promesa a un servidor público o a interpósita persona, para que dicho servidor haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones, se le aplicarán de 6 meses a 6 años de prisión y de 20 a 240 días multa.” 

Desde hace un año hemos escuchado o leído sobre los supuestos “moches”. Se ha pretendido relacionar a distintos funcionaros públicos y legisladores – curiosamente de un solo partido político- en presumidos condicionamientos de asignación de obras a cambio de dinero, de “moches”. Hemos referido en anteriores colaboraciones que a pesar del interés y cobertura mediática sobre estas conductas, no media ninguna denuncia formal sobre “las mochadas”. Hasta hoy, no existe resolución judicial que acredite que determinado funcionario, legislador, constructor, empresario o particular cometió delito conexo a esta probable práctica. Ante estos hechos es también oportuno y justo reflexionar que no existen cuestionamientos públicos contra quienes en algún momento han acusado o señalado – por la vía mediática y no legal- a algún funcionario por este delito. Más allá de no contar o presentar las pruebas suficientes para sostener sus acusaciones - que revisten un mayor interés político, que legal y social- no han caído en cuenta que sus propias afirmaciones, en caso de ser verdaderas, conllevan la actualización de los delitos de promoción de conductas ilícitas y cohecho cometido por particulares contempladas en el Código Penal para el Estado de Querétaro. Es decir, quienes han difamado a legisladores y funcionarios por el tema de los “moches” serían los primeros sujetos a ser investigados por las Procuradurías de Justicia ya que, en el caso de comprobarse su dicho y su delito, pudiéramos estar entonces realmente frente a la infracción cometida por el funcionario público. En otras palabras, tan la mayoría de las acusaciones sobre “moches” son falsas, que quienes las acusan o presentan no están sujetos a procedimiento penal alguno. Resulta irónico o simplemente paradójico, que un particular culpe a un funcionario de recibir un “moche” que él le dio. En ambos casos las dos conductas serían delictivas. Para probar que el funcionario recibió el moche, habría que actualizar también el delito cometido por el particular. Si ni lo uno, ni lo otro ocurre, estamos frente a una ficción que persigue tan solo un interés electoral.

Difícilmente podemos evitar que la corrupción se dé, lo que si podemos evitar es que la impunidad persista. Estamos obligados a llamar a cuentas a todos por igual, al funcionario que recibe el moche y al particular que se mocha. Solo actuando objetivamente, sin parcialidades, con seriedad, sin intereses políticos, con pruebas, podremos verificar los hechos y juzgarlos. Lo contrario es especulación política y difamación pura.



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